sábado, 22 de marzo de 2014

"DERECHOS HUMANOS: CONCEPTO Y FUNDAMENTOS"


DERECHOS HUMANOS: CONCEPTO Y FUNDAMENTOS
 
José Pablo Vega Ayala

            Los derechos humanos, han cobrado mucha importancia en las ultimas décadas, tal que hoy en día, se emplea con naturalidad por un buen numero de personas; existe un problema grande respecto al concepto de derechos humanos y tal es que no sabemos emplearlo de la manera mas adecuada y en su caso hacemos uso del termino erróneamente.
            Valdría la pena hacer notar que existen varios conceptos muy similares al concepto “derechos humanos “que en ocasiones son utilizados como sinónimos sin que tengan tal naturaleza.

Derechos naturales
Derechos innatos u originales
Derechos fundamentales
Derechos individuales
Derechos de hombre y ciudadano
Derechos de la personalidad
Tiene su fundamento en la naturaleza humana
Son los que nacen con el hombre sin que sea necesaria ninguna otra condición
Son aquellos derechos humanos reconocidos en algún ordenamiento jurídico positivo
Con los que se pretendió poner a salvo derechos y libertades del individuo frente a la injerencia del Estado.
Derechos del ser humano desde una doble perspectiva, por un lado, la del individuo, y por otra la del ciudadano frente al poder del Estado.
Son aquellos que se ejercitan sobre la propia persona en sus atributos físicos y morales

 

            Las garantías individuales, son los derechos humanos contenidos en la constitución y que sirven de límite a la actuación del estado. 
            Se consideran nuevos a los Derechos Humanos porque apenas se empiezan a aplicar en las normas jurídicas. Pedro Nikken dice que el poder publico debe ejercerse al servicio del ser humano, no puede ser empleado ilícitamente para ofender atributos inherentes a la persona; por lo tanto el estado debe de respetar, garantizar.
            Existen varias características que diferencian a los derechos humanos, son las siguientes:
  • Imprescriptibles: con el transcurso del tiempo no se determina su adquisición o su perdida
  • Inalienables: no se pueden transmitir a otro sujeto
  • Irrenunciables: no se les puede renunciar
  • Inviolables: se transgredirán cuando exista limitación legal para su ejercicio
  • Universales: son para todos los individuos
  • Efectivos: constituye una exigencia y compromiso para su realización

 

            El que actualmente los derechos humanos tengan vigencia universal, se debe a un largo proceso histórico que empezó hace más de tres milenios con las grandes civilizaciones antiguas, posteriormente la humanización del derecho señala que es mejor prevenir que castigar. Con el transcurso del tiempo se fueron presentando múltiples y variados acontecimientos en pro de los derechos humanos así como su positivización en las constituciones; también se fueron sumando los derechos económicos y sociales. Cabe hacer notar que nuestra constitución mexicana de 1917, mediante el juicio de amparo, perfecciono los procedimientos técnico-jurídicos para la protección de los derechos humanos; así también las constituciones de todo el mundo van introduciendo estos derechos en sus normas.
            Los derechos humanos se han internacionalizado, esto es que han tenido reconocimiento por parte de la comunidad internacional, esta internacionalización tuvo su mayor alcance al termino de la segunda guerra mundial; y fue al termino de la segunda guerra mundial cuando se creo “el sistema universal de derechos humanos” de la ONU, actualmente existen otras instituciones vinculadas con la ONU, que también velan por los derechos humanos como UNESCO, UNICEF. El que se haya dado la internacionalización de los derechos humanos, ha contribuido a la evolución misma de los derechos humanos.

 

LA FUNDAMENTACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
            Los derechos humanos están fundamentados, estos fundamentos constituyen los cimientos sobre los cuales se edifica el concepto. El desconocimiento de los fundamentos de estos derechos, conduce hacia la construcción de argumentos débiles ante el exceso de poder del estado.
            En fundamentación iuspositivista, los derechos fundamentales son aquellos derechos que son reconocidos como tales en un ordenamiento jurídico; mientras que el iusnaturalista, el fundamento de los derechos, no esta en la ley positiva, sino en la naturaleza del hombre.
            De acuerdo con  la postura tomista y neotomista, los derechos humanos se derivan directamente de la dignidad de la persona.
            En el iusnaturalismo racionalista de Locke, encontramos que la sociedad no existe, sino para defender sus derechos naturales y se llama racionalista porque distingue entre un estado del ser humano, anterior a su convivencia política y otro que rige a partir del momento en que se agrupa en sociedades.
            Con el iusnaturalismo deontológico o fundamentación ética, encontramos el contenido de los fundamentos de los derechos  humanos en el derecho natural.
             La perspectiva intersubjetiva, de Pérez Luño, señala que los derechos humanos derivan de la dignidad de la persona, de la libertad y de la igualdad.

 

OTRAS VERTIENTES
            El consenso, la idea de Norberto Bobbio, indica que se entiende que la exigencia del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, nace de una convicción generalmente compartida (1948, declaración universal de los derechos humanos); Chaim Perelman, rechaza un fundamento absoluto para estos derechos.
            La teoría de Luigi Ferrajoli, establece el fundamento de estos derechos a cuatro valores axiológicos: igualdad, democracia, paz, tutela del débil frente al abuso del más fuerte.
            El fundamento histórico, es la historicidad de los derechos, su aceptación histórica.
            La teoría mixta, lleva la vanguardia, se justifica en la existencia de unos valores fundamentales, superiores y primarios que se dan en la persona humana, que deben reconocerse y colocarles en lugar preeminente en el ordenamiento jurídico.